Renta Activa de Inserción RAI

Actualizado: 17/05/2013


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Renta activa insercionRenta Activa de Inserción RAI es una ayuda para los desempleados con especiales dificultades para incorporarse al mercado de trabajo y en situación de necesidad económica, que se comprometan a la búsqueda activa de trabajo.

Podrán participar en este programa los desempleados que cumplan los requisitos y se incluyen en uno de los siguientes grupos:

•  Desempleados de larga duración.
•  Personas con discapacidad.
•  Emigrantes retornados.
•  Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica.

* Uno de los recortes del decreto del 11 de Julio es que se exigirá haber trabajado previamente para acceder a la Renta Activa de Inserción, con lo que la mayoría de desempleados que no han conseguido su primer empleo se quedarán sin poder cobrar esta ayuda (a las víctimas de violencia o emigrantes retornados, no les afecta esta modificación). Ésto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.

Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.

 

Todos deben cumplir unos requisitos mínimos:

  • Menor de 65 años
  • Ingresos menores que el 75% del Salario Minimo SMI (menos de 481,05€ en 2012)
  • Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad
  • No tener derecho a la prestación o subsidio de desempleo
  • No haber recibido la Renta Activa de Inserción RAI en el último año, salvo las victimas de violencia doméstica y discapacitados
  • No haber recibido tres RAI anteriormente

Además de cumplir todos los requisitos anteriores, para cada grupo de desempleados, deberá cumplir:

Desempleados de larga duración:

  • Tener más de 45 años de edad.
  • Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.

Desempleados con discapacidad:

  • Tener reconocido un 33% de discapacidad o más.
  • Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.

Desempleados emigrantes retornados:

  • Tener más de 45 años de edad.
  • Haber trabajado por lo menos 6 meses en el extranjero y haber retornado hace menos de 1 año.

Desempleados víctimas de violencia de género:

  • Acreditar con un certificado oficial la condición de victima de violencia de género.

 

Los trabajadores deben cumplir los requisitos anteriores y además firmar un Compromiso de actividad, por el cual deberá realizar las tareas que se designen desde su centro de empleo para su Plan de Inserción.

Todos los desempleados de larga duración deben esperar 12 meses para volver a solicitarla,  salvo victimas de violencia de genero o con minusvalia mayor del 33%

Cuantía de la RAI:

Debe ser de 80% del IPREM mensual, que en el 2012 es de: 426 euros mensuales

Determinar la cantidad de renta activa de inserción y las contribuciones de seguridad social para su percepción se inicia desde el día siguiente a la fecha de solicitud de admisión para el programa.

El derecho de admisión en el programa y el mantenimiento de la percepción de la renta activa de inserción conlleva la participación de determinadas actividades para desempleados obligatorias que son ofrecidos por los Servicios de Empleo de cada comunidad.

El pago de la renta se hará en cuotas mensuales, dentro de los 30 días del mes siguiente.

Duración:
El máximo es de once meses de renta.

Las víctimas de violencia doméstica que se han visto obligados a cambiar  su residencia dentro de los 12 meses anteriores a la solicitud de admisión a la renta activa de inserción, o durante su estancia en ella, tendrán derecho a tanto alzado adicional.

Donde presentar la solicitud:

Se puede presentar:

Compromiso de actividad:
Los empleados deben firmar un Acuerdo de Actividades, en virtud del cual las diversas acciones llevadas a cabo la colocación de que se determine en materia de personal y la integración se desarrollará para complementarse entre sí, mientras que el trabajador incorporado permanece en el programa.

El programa incluye:

  • Asesoramiento individual, el trabajador dará lugar a la asignación de asesor de empleo en todo el desarrollo del programa, ofrecerá una atención personalizada, seguimiento y actualización de su itinerario de inserción laboral, proponer y evaluar las acciones para mejorar su empleabilidad y que le informe, en su caso, del incumplimiento de las obligaciones que puedan surgir.
  • Ruta de empleabilidad: desde la admisión al programa, y dentro de 15 días en septiembre será el desarrollo del curso de empleo de los que buscan empleo a través de:
  • La entrevista de trabajo: a través de él, el consejero de trabajo o el consejero de completar y actualizar la información empresarial sobre el trabajador que ya está en los servicios públicos de empleo, lo cual es necesario definir su perfil profesional.
  • Elaboración o actualización de un plan de inversión personal. Por características personales, y la formación profesional en la entrevista identificado, el consejero de trabajo o asesor establecerá el diagnóstico de la situación de los trabajadores y la vía de inserción de trabajo individual con las actividades de tiempo y el desarrollo. Este calendario se actualiza periódicamente.
  • Ofertas de gestión de inversiones: El consejero de empleo promoverá la participación de los empleados en el proceso de selección para cubrir las ofertas de empleo
  • Programas de empleo y / o formación: los trabajadores que desarrollan un itinerario personalizado de inserción laboral pueden ser considerados para la participación en planes o programas:
  • La orientación profesional
  • Nacional de formación e integración: los trabajadores para proporcionar las habilidades requeridas por el sistema de producción y lograr su empleo o que la falta de formación específica o la calificación es insuficiente o inadecuada
  • Programas de Talleres de Empleo, los talleres de la escuela y el comercio: la adquisición de la formación profesional y experiencia laboral necesaria para facilitar la reinserción en el mercado laboral
  • Planes de empleo para la contratación de desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, para proporcionar la adquisición de práctica profesional adecuada
  • O programas experimentales de empleo integrado, que combina acciones de diferente naturaleza s, tales como, información y consejos de entrenamiento, experiencia y movilidad geográfica
  • Consejos para el autoempleo y otros programas para la empleabilidad de los desempleados

El teléfono de información del SEPE para el RAI es 901 119999

Se pierde la antiguedad como demandante si trabajo unos días y luego vuelvo a estar en el paro? No, solamente tendría que volver a contar los doce meses como demandante en el caso de haber trabajado 90 días o más en el último año.

 

Comentarios destacados:

ayudasparados: Vamos a aclarar este punto sobre las renovaciones del RAI.
Con las modificaciones del último decreto de recortes de los subsidios de agosto de 2012, se exige que para poder cobrar el RAI se debe haber cobrado anteriormente o la prestación por desempleo (paro) o algún subsidio distinto al RAI.
Ésto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.

Marina: Este comentario es para las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género o doméstica, y que hayan ido a solicitar el Rai, y que le hayan dicho que no, porque su orden de protección haya ya finalizado. Es mi caso, he cobrado el primer rai, y ahora para el segundo, me quieren poner pegas, pues dicen que como se me ha caducado la orden de protección, que ya no soy víctima. He contactado con el departamento de la mujer del gobierno valenciano, y me han dicho que eso no tiene nada que ver. Una vez te han declarado víctima, lo eres. Es como si te declaran víctima del terrorismo, eso es para toda tu vida, y no tiene nada que ver con la orden de protección. En fín, que tenéis que ir a algún departamento de la Mujer, donde hay asistencia jurídica y psicológica gratuita y donde te emiten un certificado de víctima de violencia. Con ese certificado no pueden negarte el Rai. Me dieron el número 900 580 888, gratuito, pero no sé si sólo es para Valencia. Un abrazo a tod@s y mucha suerte.

 

Otras ayudas consultadas: renta activa de inserción 2013,

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496 Respuestas a Renta Activa de Inserción RAI



Aqui puede enterarse  cuando se cobra el plan prepara.

  1. Esther Perez Blasco :

    Agotaré la prestación un mes antes de cumplir los 45. Entiendo que debo solicitar el Plan Prepara. ¿Qué sucede si me lo conceden ya cumlidos los 45? ¿Me lo pueden denegar?

    • Antonio :

      El plan prepara no se demiega por tener 45 años te lo denegarian por otros motivos pero por ese no

  2. ana :

    Estoy cobrando plan prepara .se m acaba en junio.tengo derecho a la rai con 40 años ?????

    • Antonio :

      No,con 40 años no se puede cobrar el RAI,hasta los 45 no podras cobrarlo

  3. javier :

    deberian contar los dias o años trabajadados indiferentemente del año que se aya trabajado son normas “a proposito” para no ayudar salvo a los mas ricos

  4. solete :

    me ha pasado una cosa muy rara,mande lo que me faltaba x carta el 15 de abril,lo solicite el 3 de abril que hasta hoy no tengo el ingreso y me han dicho que no aparece mi expediente qno consta denegado ni nada,el dia 22 ya tengo cita de verdad qmal hace las cosas que una le hace falta y ya lo chafan.

    • Conchi :

      Yo considero que la medida de denegar la RAI a los desempleados anteriores a 1980 es INCONSTITUCIONAL por que quiebra el principio de igualdad. Te recomiendo presentes una demanda en los Juzgados de lo Social.

  5. maribel raya delgado :

    Hola soy una parada de larga duracion,con 46 años separad y con una hija a mi cargo.Estoy cobrando los 426 de RAY ,pero se me acaba en septiembre y me han dicho que no la puedo solicitar otra vez hasta que no pase 1 año,mi pregunta es puedo solicitar otra ayuda???

    • ayudasparados :

      Efectivamente, para poder volver a solicitar la RAI por motivo de ser desempleado de larga duración, debe permanecer al menos 11 meses como demandante de empleo.

  6. ANA :

    Me han denegado la 3 vez de RAI por que dicen que la ultima vez que cobre la prestación contributiva por desempleo fue en septiembre de 1980, y que para volverla a cobrar debería haberla cobrado al menos en octubre de 1980.

    ES LEGAL.

  7. Elena :

    Hay que estar empadronada en la provincia/ciudad donde se solicita para cobrar la RAI ?

    • Fabio Fernandez :

      Sí.

  8. Elena :

    Hola, quisiera saber si en internet se pueden encontrar todos los documentos a presentar junto con el formulario para la RAI

    • Antonio :

      Si puedes solicitarlo a trabes de la pagina web sel SEPE

  9. mari :

    hola voy a solicitar el rai,mi pregunta es ¿si tengo alguna deuda de impuestos,me daran la ayuda?gracias

    • isidrosky :

      A mí si me concedieron el RAI y tengo bastantes deudas, tsnto con Hacienda como con el Gobierno autonómico, también con el Ayuntamiento. No tuve problemas.

  10. Pepa :

    Buenas,
    Se me agoto la RAI despues de ser prolongada 3 veces. El INEM me informo que no tenia derecho a cobrar mas. ¿Es verdad eso? Pregunto porque en la pagina web informan del programa PREPARA y alli pone que si no tienes derecho a ninguna otra prestacion que puedes apuntarte. Pero ellos mismos dicen que esto no es posible. ¿Que puedo hacer?

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