Ayudas a parados

Renta Activa de Inserción RAI

Renta activa insercion

Contenido del artículo

Renta activa insercion RAI

Renta Activa de Inserción RAI es una ayuda para los desempleados con especiales dificultades para incorporarse al mercado de trabajo y en situación de necesidad económica, que se comprometan a la búsqueda activa de trabajo.

Podrán participar en este programa de renta activa de inserción los desempleados que cumplan los requisitos y se incluyen en uno de los siguientes grupos:

•  Desempleados de larga duración.
•  Personas con discapacidad.
•  Emigrantes retornados.
•  Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica.

* Uno de los recortes del decreto del 11 de Julio es que se exigirá haber trabajado previamente para acceder a la Renta Activa de Inserción, con lo que la mayoría de desempleados que no han conseguido su primer empleo se quedarán sin poder cobrar esta ayuda (a las víctimas de violencia o emigrantes retornados, no les afecta esta modificación). Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.

Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.

Requisitos necesarios:

  • Menor de 65 años
  • Ingresos menores que el 75% del Salario Mínimo SMI (menos de 712,5€ en 2021)
  • Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad
  • No tener derecho a la prestación o subsidio de desempleo
  • No haber recibido la Renta Activa de Inserción RAI en el último año, salvo las victimas de violencia de género, doméstica y discapacitados
  • No haber recibido tres RAI anteriormente

Además de cumplir todos los requisitos anteriores, para cada grupo de desempleados, deberá cumplir:

Desempleados de larga duración:

  • Tener más de 45 años de edad.
  • Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.

Desempleados con discapacidad:

  • Tener reconocido un 33% de discapacidad o más.
  • Estar como demandantes de empleo inscritos durante doce meses o más. La inscripción no se interrumpe si se ha trabajado menos de 90 días en el último año.

Desempleados emigrantes retornados:

  • Tener más de 45 años de edad.
  • Haber trabajado por lo menos 6 meses en el extranjero y haber retornado hace menos de 1 año.

Desempleados víctimas de violencia de género:

  • Acreditar con un certificado oficial la condición de victima de violencia de género.

Los trabajadores deben cumplir los requisitos anteriores y además firmar un Compromiso de actividad, por el cual deberá realizar las tareas que se designen desde su centro de empleo para su Plan de Inserción.

Todos los desempleados de larga duración deben esperar 12 meses para volver a solicitarla,  salvo victimas de violencia de genero o con minusvalía mayor del 33%

Cuantía de la Renta Activa de Inserción RAI:

Debe ser de 80% del IPREM mensual, que en el 2022 es de: 463,21 euros mensuales, un 2,5% mayor que en el 2021 (451,92 euros) debido a la subida del IPREM establecida en los Presupuestos Generales del Estado.

Determinar la cantidad de renta activa de inserción y las contribuciones de seguridad social para su percepción se inicia desde el día siguiente a la fecha de solicitud de admisión para el programa.

El derecho de admisión en el programa y el mantenimiento de la percepción de la renta activa de inserción conlleva la participación de determinadas actividades para desempleados obligatorias que son ofrecidos por los Servicios de Empleo de cada comunidad.

El pago de la renta se hará en cuotas mensuales, dentro de los 30 días del mes siguiente.

Duración:

El máximo es de once meses de renta.

Las víctimas de violencia doméstica que se han visto obligados a cambiar  su residencia dentro de los 12 meses anteriores a la solicitud de admisión a la renta activa de inserción, o durante su estancia en ella, tendrán derecho a tanto alzado adicional.

Documentación para la presentación de la RAI:

  • Solicitud cumplimentada
  • Certificado de Periodo ininterrumpido como desempleado.
  • Certificado Seguridad Social de no percibir pensión alguna.
  • Documento de Asuntos Sociales  de no percibir ayuda alguna, si la hubiera, cuantía.
  • Declaración de Renta año anterior.

Donde presentar la solicitud:

Se puede presentar:

Compromiso de actividad:

Los empleados deben firmar un Acuerdo de Actividades, en virtud del cual las diversas acciones llevadas a cabo la colocación de que se determine en materia de personal y la integración se desarrollará para complementarse entre sí, mientras que el trabajador incorporado permanece en el programa.

El programa incluye:

  • Asesoramiento individual, el trabajador dará lugar a la asignación de asesor de empleo en todo el desarrollo del programa, ofrecerá una atención personalizada, seguimiento y actualización de su itinerario de inserción laboral, proponer y evaluar las acciones para mejorar su empleabilidad y que le informe, en su caso, del incumplimiento de las obligaciones que puedan surgir.
  • Ruta de empleabilidad: desde la admisión al programa, y dentro de 15 días en septiembre será el desarrollo del curso de empleo de los que buscan empleo a través de:
  • La entrevista de trabajo: a través de él, el consejero de trabajo o el consejero de completar y actualizar la información empresarial sobre el trabajador que ya está en los servicios públicos de empleo, lo cual es necesario definir su perfil profesional.
  • Elaboración o actualización de un plan de inversión personal. Por características personales, y la formación profesional en la entrevista identificado, el consejero de trabajo o asesor establecerá el diagnóstico de la situación de los trabajadores y la vía de inserción de trabajo individual con las actividades de tiempo y el desarrollo. Este calendario se actualiza periódicamente.
  • Ofertas de gestión de inversiones: El consejero de empleo promoverá la participación de los empleados en el proceso de selección para cubrir las ofertas de empleo
  • Programas de empleo y / o formación: los trabajadores que desarrollan un itinerario personalizado de inserción laboral pueden ser considerados para la participación en planes o programas:
  • La orientación profesional
  • Nacional de formación e integración: los trabajadores para proporcionar las habilidades requeridas por el sistema de producción y lograr su empleo o que la falta de formación específica o la calificación es insuficiente o inadecuada
  • Programas de Talleres de Empleo, los talleres de la escuela y el comercio: la adquisición de la formación profesional y experiencia laboral necesaria para facilitar la reinserción en el mercado laboral
  • Planes de empleo para la contratación de desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social, para proporcionar la adquisición de práctica profesional adecuada
  • O programas experimentales de empleo integrado, que combina acciones de diferente naturaleza s, tales como, información y consejos de entrenamiento, experiencia y movilidad geográfica
  • Consejos para el autoempleo y otros programas para la empleabilidad de los desempleados

Se pierde la antigüedad como demandante si trabajo unos días y luego vuelvo a estar en el paro?

No, solamente tendría que volver a contar los doce meses como demandante en el caso de haber trabajado 90 días o más en el último año.

Puedo solicitar la nueva ayuda a parados de larga duración durante el año de espera de la RAI? 

El incumplimiento de las obligaciones del beneficiario, en el caso de la RAI, tiene la máxima sanción : baja total en el programa. Además, se causará baja entre otras razones por trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo por un período igual o superior a seis meses, acceder a una prestación por desempleo, a un subsidio por desempleo o a la renta agraria, obtener pensiones o prestaciones de carácter económico de la Seguridad Social que sean incompatibles con el trabajo o que, sin serlo, excedan en su cuantía de los límites que se fijan para poder percibir la renta activa de inserción. También se pierde la RAI por salir del país, ya que el SEPE no concede autorizaciones para viajar al extranjero mientras se cobra la RAI, salvo si se traslada al extranjero para la búsqueda o realización de trabajo o perfeccionamiento profesional o cooperación internacional, por un período inferior a seis meses. En estos casos y siempre que se haya solicitado la autorización, el pago de la ayuda se interrumpe y al regreso se puede solicitar su reanudación. (FLOR)

Puedo solicitar la RAI estando de autónomo?

 La RAI es incompatible con el trabajo, antes de solicitar este. Si tú estás trabajando como autónoma, asalariada, en contrato mercantil, etc., sea cual sea tu jornada no se puede cobrar la RAI. Por lo tanto, si quieres cobrar no puedes estar de alta como autónomo, de todas maneras eso te lo van a decir en el SEPE, porque lo primero que van a ver si solicitas es que tienes trabajo y por lo tanto te dirán que no puedes solicitar.

Tengo mas del 33% de discapacidad, he solicitado la RAI y me la han concedido. Quería saber si cuando llega el 11º mes se renueva automáticamente o hay que renovarlo antes? 

No se renueva automáticamente, es más tienes que volver a entregar la misma documentación y una solicitud nueva a partir del día siguiente, nunca antes del agotamiento de la rai.
Ahora también tienes que hacer la búsqueda activa de empleo.

Que documentación necesito para el caso de violencia de género?

Para la RAI, si la solicitas, necesitarás sentencia o medidas cautelares, o en su defecto un certificado del Instituto de la Mujer acreditando que eres victima de violencia de género, si te es más fácil llevar la sentencia o medidas cautelares pues con eso te basta. Libro de familia original y certificado de convivencia para que comprueben que el padre de tu niño no vive contigo.

De que formas puedo justificar la Búsqueda Activa de Empleo?

Efectivamente 3 currículum es una acción, 2 portales de empleo, una entrevista, un día de trabajo. etc.
Lo que hace mucha gente es entregar un currículum y en otro le van poniendo un sello, y ese mismo currículum le van poniendo los sellos de las distintas empresas, por lo que al final en el currículum que te sellan te figurarán los 9 sellos en un sólo currículum. (Jose María)

El teléfono de información del SEPE para el RAI es 901 119999

Comentarios destacados:

ayudasparados: Vamos a aclarar este punto sobre las renovaciones del RAI.
Con las modificaciones del último decreto de recortes de los subsidios, se exige que para poder cobrar el RAI se debe haber cobrado anteriormente o la prestación por desempleo (paro) o algún subsidio distinto al RAI.
Esto no significa que cada vez que tengamos que renovar, tenemos que volver a trabajar y cobrar un subsidio, sino que solamente con que alguna vez en nuestra vida laboral hayamos cobrado el paro o un subsidio, es suficiente para tener derecho a solicitar el RAI por primera vez o para renovarlo.
Si en su oficina de empleo le han explicado otra cosa, insístales en que usted tiene derecho a la renovación.
Espero le haya aclarado su duda.

Alber_48Mad: Hola. En este comentario voy a intentar transmitirle una información de un caso real, es decir, el mío. Así todas aquellas personas que como yo han llegado hasta esta Web buscando información, les quede bien claro en que situación se puede acceder a cobrar la RAI.
El único requisito que cambio el gobierno, es que para poder acceder a cobrar la RAI (Por primera, segunda o tercera vez) Es haber cobrado el paro o subsidio en algún momento de la vida.
Mi caso en particular. En los 80 empecé a trabajar y cotizar, en el 92/93 más o menos, cobre el paro, después he estado trabajando como empleado, autónomo, empleado y como último, de autónomo. Y me han dicho que tengo el derecho a cobrarla. Por lo tanto: Si en tu último trabajo has sido empleado o autónomo y luego te has apuntado al paro sin derecho a ninguna prestación, mientras que en algún momento de tu vida laboral hayas cobrado el paro, tienes derecho a la RAI. (A mi no me han informado que existiera algún limite sobre en que años se ha cobrado el paro)
ADVERTENCIA: Curiosamente, no se si mi caso es uno que se dio entre miles o se ha dado en más casos, por ejemplo: por cambios que hayan realizado a la hora de informatizar los datos en el SEPE, pero no figura en mi registro, el que yo haya cobrado el paro sobre esos años, así que en estos momentos, estoy intentando averiguar como puedo hacer para demostrar que cobre el paro, ya que han pasado muchos años y no guardo ningún comprobante y en aquellos años el paro no se domiciliaba por cuenta bancaria. Si alguien me puede orientar a mi y a otras personas que quizá les suceda lo mismo, lo agradecería.
NOTA: Si tramitan la RAI por Internet y cumplen con todos los requisitos y les sale el cartelito de AVISO (Como ya comente en el anterior comentario) diciendo que no les corresponde, pidan cita personal y averigüen que no sea porque no aparece en su registro que alguna vez no han cobrado el paro, quizá pueda ser por eso y a ver luego como se puede demostrar. Espero que la información esta les sirva de ayuda y les deje las cosas más claras, reconociendo que en esta Web ya las aclaraban bien, pero por si les quedaba alguna duda y necesitaban de un caso real.

Marina: Este comentario es para las mujeres que hayan sido víctimas de violencia de género o doméstica, y que hayan ido a solicitar el Rai, y que le hayan dicho que no, porque su orden de protección haya ya finalizado. Es mi caso, he cobrado el primer rai, y ahora para el segundo, me quieren poner pegas, pues dicen que como se me ha caducado la orden de protección, que ya no soy víctima. He contactado con el departamento de la mujer del gobierno valenciano, y me han dicho que eso no tiene nada que ver. Una vez te han declarado víctima, lo eres. Es como si te declaran víctima del terrorismo, eso es para toda tu vida, y no tiene nada que ver con la orden de protección. En fin, que tenéis que ir a algún departamento de la Mujer, donde hay asistencia jurídica y psicológica gratuita y donde te emiten un certificado de víctima de violencia. Con ese certificado no pueden negarte el Rai. Me dieron el número 900 580 888, gratuito, pero no sé si sólo es para Valencia. Un abrazo a tod@s y mucha suerte.

Flor: En efecto, para cobrar la RAI es necesario haber cobrado antes el paro o subsidio (cosas que ha puesto este gobierno…). Si llevas 12 meses apuntado al paro puedes solicitar la ayuda de 6 meses que han firmado ayer (son 426€) pero aún no ha salido publicada.
Y lo otro que queda es ir a tu Ayuntamiento y hablar con los Servicios sociales.

Jose María: Para cobrar el subsidio con 3 meses te basta para cobrar 3 meses y la cantidad a cobrar será proporcional a la parcialidad de tu trabajo, si trabajas a media jornada cobrarás la mitad, 213 euros.
Las ayudas adicionales sí que se cobran enteras, pero….. después de cobrar 3 meses de subsidio no puedes cobrar la rai, porque un requisito es que en el año inmediatamente anterior a la solicitud de la rai, no se pueden trabajar 3 meses o más y por lo tanto tendrías que esperar un año desde la finalización del contrato.
Como todo no son malas noticias, decirte que después del subsidio podías solicitar el prepara con 2 niño y esposa 450 euros a 6 meses y cuando termines el prepara ya te faltará poco para llevar el año y poder acceder a la rai.


2.034 respuestas a “Renta Activa de Inserción RAI”

  1. Creo que la gente no se aclara la raí en 2021 ya no se exige la búsqueda activa fe empleo la bae ya no es obligatorio presentarla solo se presenta los 12 meses de antigüedad desempleo y declaracion renta no ay que presentar nada más yo con discapacidad la e pedido este mes y la bae no se pide ya recalcó ese requisito lo quitaron ya

  2. La raí ya no exige la bae este artículo está un poco equivocado pues el gobierno quito la búsqueda de empleo activo la bae yo lo acabo de echar y la bae no se exije hoy la eche yo y aprobada

  3. Hola agradecería haber si podéis ayudarme…soy parado de larga duración..a final de año me correspondería el tercer tramo de la rai pero me han ofrecido un trabajo de 1 mes de duración…si lo acepto porque realmente lo necesito..perderé el derecho a cobrar el tercer tramo?..muchísimas gracias.

  4. Hola Silvi. Desgraciadamente no han sido capaces de empatizar con la situación y son inflexibles con lo de esperar un año.
    A mí se me ha acabado también ahora en Marzo, hice la pre-solicitud, y me acaban de mandar carta con la denegación alegando que acabo de cobrarla.
    Son unos sinvergüenzas, podrían levantar un poco la mano con la que está cayendo.

  5. Hola sabeis si estando como estamos con el covid, la rai se puede solicitar el segundo tramo, se me ha acabado y mi situación es mucho peor que cuando la solicite. o que puedo hacer, alguien está en mi situación

  6. Hola buenas alguien sabe si mañana o el sábado se paga la risga en Galicia o la renta social nose como se llama en otros sitios.. Si me pueden ayudar ? No se donde leei que el viernes 26 pagaban las ayudas autonómicas un saludo

  7. Hola. Quisiera saber si es compatible percibir la RAI marido y mujer. Me explico, somos 3 marido, mujer e hija perceptores de la RGI del Gobierno Vasco sin mas ingresos. En junio tengo derecho a solicitar la 2ª RAI pero estoy leyendo que las amas de casa también tienen derecho a solicitarla aunque no hayan cotizado nunca. Esa es mi duda y pregunta. Gracias y un saludo.

  8. Hola Dolo, has recibido alguna respuesta??? Yo estoy en las mismas y no sé si en Mayob puedo puedo solicitar la segunda RAI… Si has sabido algo dejármelo saber…gracias, un saludo

  9. Buenas tardes, he agotado mi primera RAI en Mayo 2020(en plena pandemia), 6 meses después me dieron la ayuda especial Covid-19 de 3 meses. Mi pregunta es la siguiente: Puede solicitar la segunda RAI en Mayo 2021??.. Es que no me queda claro de si esa ayuda especial interrumpe el año de espera para la 2da. RAI, Muchas gracias!!!

  10. Buenas tardes, a mí se me agotó la RAI en mayo 2020 (en plena pandemia), luego a los 6 meses me dieron la ayuda especial Covid-19 de 3 meses.. Mi pregunta es la siguiente: en Mayo 2021 puede solicitar la segunda RAI??… Es que me queda la duda de si esa ayuda especial me interrumpe o trastoca mi año de espera para esa 2da. RAI… Muchas Gracias!!

  11. hola en Mayo finalice el RAI, en diciembre me concedieron el subsido extraordinario por el covid que fueron tres meses. Puedo volver a solicitar el RAI cundo cumpla el año?

  12. Hola!me he quedado en paro y soy victima de violencia de genero (puedo acreditar tengo varias sentencias (,actualmente mi pareja es secunda ves preso para quebramento de condena).Tuvo hoi la cita a sepe,pero no funcciona ciberataque…mi pregunta es și puedo cobrar paro y rai juntos en caso que quero ser autonoma y formar mi proprio negocio.En realidad alquiler un local que ya tiene licencia y lo necesario para funccionar .Tengo un jiho menor de 13 en cargo.

  13. Buenos días e solicitado la raí por discapacidad me pone alta inicial todo OK el problema es que al hacerlo hace una semana el sepe me pide el irpf o ejercicio 2019 en el 2019 me paso en caso de que me lo denieguen, cuando puedo volver a solicitarlo con la renta ya del 2020 ya que durante ese año no tuve ningún ingreso es más piden 1 año de antigüedad que le cumplo y no trabaje en ningún sitio

  14. Hola. Cobré el paro 6 meses y la ayuda para mayores de 45 años 4 meses y medio. Después me hicieron un contrato de un mes y dejé el trabajo voluntariamente porque no me interesaba.¿Puedo solicitar la RAI tras una baja voluntaria?,¿Pierdo la antigüedad como demandante de empleo? Muchas gracias por su ayuda.

  15. Buenas tardes, una duda es compatible la RAI con una pensión de viudedad??, la cual actualmente es de 200€, por que existen dos beneficiarias ( ex de mi marido), tengo recurso presentado sobre el reparto que hizo el INSS ( tres meses ). Otra duda, cuando me den respuesta al recurso y si mí pensión de viudedad aumenta, debo comunicarlo al SEPE??. Gracias

  16. Hola!
    Creo que ha salido una ayuda extraordinaria de 11 meses, para todas las personas que han agotado las 3 RAI , no sé si esto es correcto, y en caso de ser cierto, si me podría informar de cómo solicitarla.
    Muchas gracias

  17. Buenas tardes, una duda es compatible la RAI con una pensión de viudedad??, la cual actualmente es de 200€, por que existen dos beneficiarias ( ex de mi marido), tengo recurso presentado sobre el reparto que hizo el INSS ( tres meses ). Otra duda, cuando me den respuesta al recurso y si mí pensión de viudedad aumenta, debo comunicarlo al SEPE??. Gracias

  18. E echado la raí por discapacidad pero me dice el sepe que mande la declaración del año 2019, es lo único que me piden por lo demás todo OK, alguien me puede decir si no lo mando que pasa me aceptan me deniegan, otra cosa cuando puedo solicitarla para que pidan el ejercicio del 2020 y no del 2019 me debería de esperar a mayo o abril

    • Hola,tienes que entregar la del año pasado pide cita la agencia tributaria de tu provincia y una vez la tengas pide cita al sepe y la entregas,si ya mandaste la solicitud es.posible que ten de alta pero tienes que entregarlo,de todas formas te enviaran una carta con fecha y hora para que la lleves.

      • Hola Jesús muchas gracias pues te comento el lunes voi a sepe entrego mi discapacidad todo OK cumplo el año la chica me pide el número de cuenta todo OK me da los papeles pero en observaciones pone se pide modelo o irpf de ejercicio 2019, el caso esque en 2019 vendi la única propiedad en venta que tenía a precio regalo por necesidad si no lo mando siguen para adelante con el cobro de la raí o la duda es ya en mayo tendría que volver a echarla y ya no me piden la declaración del 2020 puesto que en 2020 no trabaje ni cobre por ningún lado no se si me explico gracias por tu ayuda

  19. Tengo aprobado el RAI, y he tenido una semana empleo a tiempo parcial en el cual he pedido la baja voluntaria.
    Me dicen en el SEPE, que ahora al ser baja voluntaria, me aplicarán la proporcionalidad cómo sí siguiera trabajando. Y que cuando tenga un nuevo contrato con despido, se me restablece el 100% del RAI, me comentan que dicho contrato tiene que ser de TRES MESES cómo mínimo. Me pueden informar sobre éste punto. Gracias

  20. Tengo concedido el RAI, y empecé a trabajar a tiempo parcial 9 dias, después causé baja voluntaria en la empresa, her reanudado la RAI, y ahora vuelvo a trabajar a tiempo parcial. Mí pregunta es, cuantos meses mínimo de contrato debo tener para volver a reanudar la RAI al 100%?? Ahora me están aplicando la proporcionalidad. Gracias.

    • Buenas tardes María:
      Si trabajas a tiempo parcial, la RAI se cobra SIEMPRE en proporción a la jornada que no estás trabajando (por ejemplo, si trabajas 20h semanales, cobras el 50% de la RAI) Esto es así independientemente del tiempo de contrato hasta completar la ayuda que habrías cobrado en esos 11 meses de no estar trabajando (por ejemplo, si te quedan 3 meses de RAI y trabajas al 50%, cobrarás 6 meses al 50%; si te quedan 3 meses y trabajas 10h semanales, cobrarás 4 meses al 75%)
      Solo cuando dejas de trabajar se cobra el 100% de la RAI

  21. Buenas tardes ,A mi,se me ha agotado la segunda RAI en plena pandemia ,es decir ,23/03/ 2020.No he recibido ninguna prroroga por el COVID-19, asi que en 23/03/2021cumplire los 12 meses de estar inscrito como demandante de empleo ininterrumpidamente .Mis preguntas son : Cuando y como podria solicitar la tercera RAI ? Que requisitos tengo que reunir ? Gracias !

    • Un amigo mio hizo una presolicitud en la página del sepe porque le tocaba una tercera rai no hace falta clave de acceso ni nada,rellenas un formulario con tus datos cuenta bancaria y eliges la opción subsidios-otras ayudas el lo hizo así y a los 20 días le llego un email de que ya estaba dado de alta y empieza a pagar desde el día que envías la solicitud osea si la envías el 8 y la revisan dos semanas más tarde te ponen a pagar a partir del 8

    • Buenos días Gustavo:
      No estás cobrando el subsidio para mayores de 52? Porque si cumples los requisitos para jubilarte en 2022, es la misma cuantía y cotiza para la jubilación, que siempre es bueno. Y ya sería sin tiempo limitado hasta que te jubiles (no 11 meses como la RAI)
      Un saludo

  22. Hola en este momento se me a agotado la Rai es la primera vez que la cobré,e solicitado al sepe a través de su portal en Internet si tengo algún tipo de ayuda esperando respuesta,el caso es que un conocido me comentó que la mujer de un amigo suyo le dijo que se le agotó la rai el mes pasado y el sepe automáticamente se la renovó por el tema del covid,alguien sabe algo y me dice porfía?

  23. Se puede volver a solicitar la RAI , si te la han denegado porque no cumplías , según ellos los doce meses de estar inscrito como demandante de empleo ininterrumpidamente…

    Cuanto se debe esperar?

    Gracias

  24. Tengo otra pregunta

    En mi comunidad no dan cita presencial.. donde se puede poner una reclamación previa a la vía jurisdiccional?

    los dos días que me faltan es por un curso de formación sin intermediación, aunque siempre me dijeron desde la oficina de empleo que no afectaba a la antigüedad

    Gracias por cualquier información

  25. En mi comunidad no dan cita presencial.. donde se puede poner una reclamación previa a la via jurisdiccional?

    los dos días que me faltan es por un curso de formación sin intermediación, aunque siempre me dijeron desde la oficina de empleo que no afectaba a la antigüedad

    Gracias por cualquier información

  26. hola, acabo de pedir la RAI, concretamente ayer dia 3 de febrero de 2021, tengo 54 años, 11 años cotizados, estuve cobrando el paro dos años y medio y luego la ayuda familiar hasta el 30 de mayo de 2017,durante este tiempo solo he trabajado 8 dias y estoy apuntada al paro,me han denegado la Rai por esto: En el momento de la solicitud de incorporación al Programa de Renta Activa de Inserción, aún no había vd. cumplido 45 años, esto es normal? tengo derecho a cobrarla?

  27. Buenas tardes, necesito una consulta he cobrado el 1º rai de 11 meses, a continuacion me la porrogarón 6 meses mas, espero unos meses y me concedieron el 2º rai, ahora asta septiembre no me corresponde, mi pregunta es cobrare 11 meses o 5 meses, al haber cobrado 6 meses antes.

  28. Buenas tarde.

    Estoy cobrando la RAIi me han echo un contrato por dos horas a la semana, el contrato es indefinido en un gimnasio, la duración es de 9 meses es un contrato fijo discontinuo, me dice el SEPE que me retiran la RAI porque es un contrato a tiempo completo aunque sea por dos horas.
    No se si otro tipo de contrato de otras características me permitiría compatibilizar el trabajo y la RAI.
    No se si he perdido la ayuda o si me despiden se reanudaría automáticamente, el salario es muy pequeño para aceptar el trabajo con estas condiciones.

    Muchas Gracias

  29. Buenos días
    Perdon que moleste, pero estoy cobrando la RAI y según tengo entendido son 11 meses cobrados 12 no cobrados y luego otros 11 cobrados, así hasta 33 meses cobrados en total. Para cobrar la RAI tuve que realizar unos papeles incluida la BAE. Mi pregunta sería si cada vez que renueve tengo que volver a presentar papeles incluido la búsqueda activa de empleo o ya no haría falta. Saludos

  30. Hola en diciembre mi marido solicitará la RAI…Yo cumplo 45 en febrero del año que viene ¿puedo solicitar la RAI aunque mi marido esté cobrando su RAI?

  31. Hola, quiero pedir la segunda renta activa de inserción, llevo un año en paro, en abril termine de cobrar el subsidio por insuficiencia de cotización, tengo derecho a la RAI? Gracias

  32. Buenas tardes,

    Estoy cobrando la RAI por discapacidad y me han seleccionado para trabajar 25 horas a la semana.

    He de avisar al SEPE o por defecto se regula sola la proporción de la RAI que cobraría al trabajar media jornada?
    y una vez hayan pasado 11 meses y esté en el mismo caso, me la seguirán dando o ya no?

    Gracias.

    • Hola Eva.
      Avisa siempre al SEPE ante la duda.
      Ellos te continuarán pagando la RAI en la proporción que corresponda (si tu jornada es de un 62,5%, seguirás cobrando un 37,5% de RAI, unos 160 euros) y se prolonga en el tiempo hasta que transcurra el total de la RAI que tuvieras pendiente (si te queda un mes pendiente por cobrar de esos 11, te dan un 37,5 ese mes, un 37,5 el mes siguiente y el 25% restante el tercer mes… cobrarás el total de la RAI alargado en el tiempo)
      Pero cuando gastes ese periodo creo que no podrás renovar la RAI por seguir trabajando.

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