Ayudas a parados

Ayudas alquiler 147 euros jóvenes

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¿Qué es la Ayuda al alquiler para jóvenes?

La Renta de Emancipación es una ayuda del Ministerio de Fomento de 147 euros a jóvenes entre 22 y 30 años para el alquiler de vivienda (se ha recortado la ayuda de 210 a 147 euros en el recorte de Julio de 2012).

Esta ayuda está regulado por el RD 1472/2007, de 02 de noviembre, modificado por el Decreto 366/2009 de 20 de marzo.

Al ser una ayuda pública y crear un ingreso sobre el  patrimonio, a los que se les conceda esta subvención, en general, tendrán la obligación de declaración de IRPF, que debe incluir todos los importes a los que tienen derecho durante el año en que la declaración se aplica independientemente de que se haya cobrado o no, además de poder ser sancionado por la comisión de un delito fiscal, hará que se suspenda provisionalmente el pago de la RBE por no estar al corriente en sus obligaciones fiscales.

Es la regla general de tributación de la Agencia Tributaria aplicable a las plusvalías.

Recuerde, aunque el impuesto no se incluye información sobre su RBE en el borrador de su declaración de la renta, o en los datos fiscales que facilita al contribuyente, si la resolución de su comunidad autónoma para la que reconocen el derecho de los efectos RBE tiene efectos al año 2010, debe incluir los importes que ha recibido o los que recibirá por el año 2010 en su declaración de impuestos.

Control de sus ingresos

Al menos una vez al año, el Ministerio comprueba su cumplimiento o mantenimiento de los requisitos que tenía al solicitar la ayuda.
No se olvide que tiene la obligación de notificar a la Oficina de Vivienda de la Comunidad Autónoma donde presentó su solicitud, cualquier modificación o alteración de sus ingresos que superen el límite anual establecida por la ley. Cuando lo comunique, dejará de recibir la prestación, y si hubiera recibido algún pago posteriormente, deberá devolverlo, aunque sin intereses.
Si detecta que sus ingresos brutos anuales son iguales o superiores a 22.000 euros, el Ministerio suspenderá temporalmente los pagos pendiente y se le informará a través del Portal de Información al Beneficiario o SMS, pero es su Comunidad Autónoma la que formalmente se comunica con usted, siendo el organismo público responsable del procedimiento y da un plazo para que haga alegaciones.
Si desea justificar que existe un error en la información del Ministerio  y que cumple con los requisitos, debe presentar sus alegaciones a la Oficina de Vivienda en su región.
Si se confirma que su ingreso excede el límite legal y que no nos ha informado,  deberá ser devuelta toda la ayuda recibida durante el año en curso, incluyendo intereses de demora, además de que pueda exigirse la devolución de la ayuda de otros años donde también se haya vulnerado los requisitos de la ley.
Recuerde que se realiza una inspección anual y que los datos se intercambian con regularidad con el Ministerio de Economía y Hacienda.


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